2018/03/16

Datuen babesa [datorren araudia] / Protección de datos [la normativa que viene]

2016/679 (EB) Erregelamendua, Europako Parlamentuaren eta Kontseiluarena,  2016ko apirilaren 27koa, datu pertsonalen tratamenduari dagokionez pertsona fisikoen babesari eta  datu   horien   zirkulazio   askeari buruzko  arauak  ezartzen  dituena eta 95/46/EE Zuzentaraua indargabetzen duena onartuta, Europar Batasuneko herrialde guztietan zuzenean ezarriko da 2018ko maiatzaren 25etik aurrera.  Hori dela eta, Datu Pertsonalen Babesari buruzko lege-proiektua izapidetzen ari dira Diputatuen Kongresuan, Espainiako legeria EBeko 2016/679 Erregelamendura egokitzeko. Datuak Babesteko Erregelamendu Orokorraren (DBEO) helburua da segurtasun juridikoa handitzea eta araudia egokitzea, bai egungo erritmo azkarreko garapen teknologikora, bai informazioaren eta globalizazioaren egungo gizartera. 



Con la adopción y entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, se hace necesario aprobar la normativa interna que complemente, en su caso, la regulación sobre la materia.

Como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aclarado el principio de seguridad jurídica obliga a que la normativa interna que resulte incompatible con el Derecho de la Unión Europea quede definitivamente eliminada "mediante disposiciones internas de carácter obligatorio que tengan el mismo valor jurídico que las disposiciones internas que deban modificarse" (Sentencias del Tribunal de Justicia de 23 de febrero de 2006, asunto Comisión vs. España; de 13 de julio de 2000, asunto Comisión vs. Francia; y de 15 de octubre de 1986, asunto Comisión vs. Italia). Por último, los reglamentos, pese a su característica de aplicabilidad directa, en la práctica pueden exigir otras normas internas complementarias para hacer plenamente efectiva su aplicación. En este sentido, más que de incorporación cabría hablar de "desarrollo" o complemento del Derecho de la Unión Europea.

La adaptación al Reglamento general de protección de datos, que será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018, según establece su artículo 99, requiere, en suma, la elaboración de una nueva ley orgánica que sustituya a la actual.
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